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viernes, abril 19, 2024

Consejos para participar de forma segura en los sorteos de Lotería de Navidad

La Comunidad proporciona en el Portal del Consumidor algunas recomendaciones ante la celebración de los sorteos extraordinarios de Lotería de Navidad y del Niño, al constituir este período el momento del año con mayor demanda de juegos de azar. En primer lugar, es recomendable comprar lotería en lugares autorizados y comprobar que el décimo adquirido tiene logo, código y todos los elementos de verificación.

La Dirección General de Consumo recuerda la importancia de evitar el deterioro del cupón o el décimo. Si resultan premiados en estas circunstancias, el usuario deberá solicitar que Loterías del Estado compruebe si coincide con el número agraciado. En caso de utilizar internet para la compra, se recomienda hacerlo mediante una página segura, comprobando que la dirección empieza por https:// o que tiene un candado o una llave al pie.

Asimismo se advierte a los consumidores ante la recepción de correos electrónicos con falsos mensajes que le atribuyen un premio. Se trata de estafas que suplantan logotipos y símbolos de administraciones de lotería, en los que se pide el pago en concepto de tasas para cobro de ese premio. Si se paga ese cargo, nunca llegará a recibirse el premio.

El cobro de premios inferiores a 2.500 euros se puede realizar en los puntos de venta de la red comercial a partir del día siguiente al sorteo. Para premios iguales o superiores a esa cantidad, habrá que acudir a las entidades financieras asociadas que figuran en la web de Loterías y Apuestas del Estado a partir del día siguiente al sorteo. A los premios superiores a 2.500 euros, se les aplicará una retención del 20% en el momento de cobrarlo. Los bienes que se adquieran con ese dinero o los intereses que genere en el banco deben ser declarados y pagar lo correspondiente en el impuesto de la renta.

Las participaciones en un número las paga el emisor de la misma

Si el consumidor resulta agraciado con un premio en una participación de un décimo, es el emisor de esa participación quien debe aportarle la cantidad que le corresponda. En este caso, el premio no puede reclamarse a la administración de lotería, de ahí la importancia de conservar el documento de participación. En muchos casos, la cantidad total que se juega no coincide con la que se ha pagado, ya que a menudo hay una parte de donación para el emisor de la participación.

El consumidor debe tener cuidado con incentivos que pudiera recibir si resulta premiado, que podrían tratar de blanquear dinero con ofertas superiores al importe. Este tipo de transacciones serían perjudiciales para el consumidor, pues no podrá acreditar después ante Hacienda la procedencia de ese dinero. Los boletos premiados tienen un plazo de caducidad indicado en el reverso. En el caso de la Lotería Nacional es de un mes y tres meses los premios extraordinarios de Navidad y de El Niño. Pasado el plazo, se perderán los derechos a recibir el premio.

 

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