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jueves, marzo 28, 2024

Parla abre un proceso de selección de diez Policías Locales en comisión de servicios para cubrir jubilaciones

El Ayuntamiento de Parla ha publicado las bases de la convocatoria de selección para la provisión en régimen de comisión de servicios de diez puestos de trabajo vacantes de Policía Local a cubrir por funcionarios que pertenezcan a cualquier Cuerpo de Policía Local de la Comunidad de Madrid. El proceso está abierto hasta el 30 de abril, la misma fecha que la de un segundo procedimiento para seleccionar también mediante comisión de servicios un jefe de servicio de Responsabilidad Patrimonial y Sanciones. Además, el departamento de Personal ha abierto una lista de espera para cubrir futuras vacantes de técnico de la administración general en la rama jurídica. El concejal de Personal, Javier Molina, ha explicado que estas plazas se sacan “para anticiparnos a las necesidades de este Ayuntamiento y garantizar la correcta prestación de los servicios públicos”.

Para anticipar necesidades de personal y velar por la prestación de los servicios públicos

Las bases que rigen la selección de diez Policías Locales han sido aprobadas mediante decreto de 5 de abril del concejal del área de Personal e incluye la creación de una lista de espera con una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2021, ante la posibilidad de que surjan nuevas necesidades de provisión de puestos mediante comisiones de servicio.



El concejal de Personal, Javier Molina, ha explicado que “con la apertura tanto de la provisión de puestos por comisión de servicios de diez Policías Municipales, como de la apertura de una lista de espera para cubrir vacantes de técnico de la administración general, lo que estamos haciendo es anticiparnos a las necesidades de personal de este Ayuntamiento y velar por el correcto mantenimiento de los servicios públicos”.

Diez puestos de Policía Local para funcionarios del Cuerpo de toda la región

“En el caso del Cuerpo de Policía Local, a lo largo de este año está prevista la jubilación de una decena de agentes y antes de que esa salida de trabajadores se produzca, abrimos esta convocatoria para funcionarios del Cuerpo de Policía Municipal de cualquier municipio de la región que quieran solicitar su traslado en comisión de servicio a Parla”, ha añadido el edil.



Los requisitos exigidos a los aspirantes a realizar las pruebas selectivas son los siguientes:

  • Estar en situación de servicio activo ostentando la condición de funcionario de carrera integrado en la escala de Administración especial, subescala de servicios especiales, Policía Local, con categoría de Policía local de la Comunidad de Madrid.
  • No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal ejercicio de las funciones propias del servicio operativo.
  • Encontrarse en servicio activo, faltándole al menos dos años para el pase a la situación de segunda actividad por razón de edad.
  • Estar en posesión de los permisos que habiliten para la conducción de vehículos automóviles y motocicletas al servicio de la Policía Local (A2 y B).
  • Carecer de antecedentes disciplinarios por faltas graves o muy graves. No se tendrán en cuenta las canceladas.
  • No hallarse suspendido ni inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas
  • No encontrarse afectado en procedimiento administrativo o judicial que sea o pueda ser incompatible con el ejercicio de sus funciones
  • Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos
  • Contar con la conformidad expresa del órgano competente del Ayuntamiento al que pertenece en relación a la posible adscripción a este Ayuntamiento en comisión de servicios del funcionario solicitante.
  • Estar en posesión del título de Bachillerato o Técnico, Formación profesional de segundo grado o equivalente. En este sentido, las equivalencias con el título de Bachiller pueden ser a efectos académicos o a efectos laborales.



Plazo de presentación de solicitudes hasta el 30 de abril

Las solicitudes, que pueden presentarse de forma presencial u online hasta el 30 de abril, están colgadas junto al resto de información y las bases de la convocatoria (que incluyen sistema selectivo, comisión de valoración, formalización de la toma de posición y lista de espera, e impugnación) en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Parla.

Otro procedimiento para un puesto de Jefe de Responsabilidad Patrimonial y Sanciones

Javier Molina ha señalado que “también hasta el 30 de abril está abierto el plazo de presentación de solicitudes para una segunda comisión de servicios, ésta para la cobertura temporal del puesto de jefe de Responsabilidad Patrimonial y Sanciones”.



En este caso, los requisitos que han de cumplir los interesados son ser funcionario de carrera en situación de servicio activo perteneciente al grupo A1 de la escala de Administración General, subescala Técnica; y estar en posesión de la titulación de Graduado o Licenciado en Derecho expedido con arreglo a la legislación vigente. Las bases, solicitud y resto de información sobre este procedimiento también están colgadas en la Sede Electrónica.

Y una lista de espera de candidatos para cubrir posibles vacantes en la rama jurídica

“Por último, quiero insistir en que en nuestra voluntad de mantener una correcta prestación de los servicios públicos, también nos hemos anticipado para disponer de personal cualificado en la rama jurídica en el caso de producirse vacantes”, ha incidido el concejal de Personal.



Abierto el plazo hasta el 6 de mayo

“Y por ello hemos abierto una lista de espera para candidatos que puedan cubrir necesidades de carácter temporal en el área jurídica. En este caso, las solicitudes pueden presentarse hasta el 6 de mayo. Los aspirantes que superen el proceso selectivo, que será mediante concurso de méritos, formarán parte de una lista ordenada de candidatos para su nombramiento como funcionarios interinos, siempre que no se cuente con personal propio, para atender las necesidades que puedan producirse en este Ayuntamiento al menos hasta 2021”, ha añadido Molina.

Las bases, solicitud y resto de información sobre este procedimiento pueden encontrarse en el siguiente enlace de la Sede Electrónica.



Los interesados deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Tener nacionalidad española o encontrarse en alguno de los siguientes supuestos:

– Ser nacional de un estado miembro de la Unión Europea o encontrarse en el ámbito de aplicación de Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

– Ser cónyuge de español o de nacional o de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derechos.

– Ser descendiente de español o de nacional de otros Estados miembros de la Unión Europea o de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.

  • Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
  • Estar en posesión del título de Graduado o Licenciado en Derecho expedido con arreglo a la legislación vigente, lo cual se acreditará mediante la presentación del título o en su defecto, de un certificado de haber finalizado los estudios y satisfecho las tasas para la expedición del título, o del expediente académico, donde conste que se han superado todos los créditos para la obtención del título que corresponda y copia de la carta de pago de las tasas para la expedición del título. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.
  • No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempleo de las correspondientes funciones o tareas.
  • No haber sido separado, mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse inhabilitado para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.





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