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jueves, noviembre 14, 2024

Las víctimas de violencia de género podrán solicitar la RMI en Madrid

La Comunidad favorecerá la percepción de la Renta Mínima de Inserción (RMI) a las mujeres víctimas de violencia de género y a las víctimas de violencia familiar. El Consejo de Gobierno ha aprobado el nuevo reglamento para introducir estas mejoras en el reglamento de la RMI de cara a proteger a los más desfavorecidos, según ha señalado el consejero de Presidencia y Justicia y Portavoz del Gobierno regional, Salvador Victoria.

Con el nuevo reglamento, una mujer víctima de violencia de género que resida fuera de la región y tenga que trasladar su residencia a la Comunidad, podrá solicitar la RMI y no se le requerirá la residencia mínima de un año para poder recibir la prestación, según explicó Victoria.

Además, hasta ahora, la RMI sólo podían solicitarla las personas con edades comprendidas entre los 25 y 65 años, aunque con algunas excepciones como ser menor de 25 o mayor de 65 años y tener a su cargo menores o personas con discapacidad.

También se permitirá que los menores tutelados por la Comunidad puedan solicitar la prestación antes de cumplir la mayoría de edad, garantizando así tenerla reconocida cuando tengan 18 años, lo que permitirá que dispongan de recursos económicos cuando alcancen la mayoría de edad.

Entre las nuevas medidas, también se protege especialmente a los más vulnerables, como personas que están solas, en situación de exclusión social o personas que sufran algún tipo de adicción o dependencia, siempre que se acredite un proceso de intervención con su trabajador social.

Cien millones de euros

La Comunidad ha destinado este año cerca de 100 millones de euros a la Renta Mínima de Inserción (RMI). Esta inversión ha servido para ayudar a más de 22.000 familias madrileñas que están en riesgo de exclusión social. Además, desde la entrada en vigor de la RMI en 2002, el 50% de los perceptores han dejado de recibirla al mejorar su situación laboral, gracias a los proyectos de inserción socio-laboral puestos en marcha por el Gobierno regional. De hecho, este año ha descendido un 15% el número de solicitantes de la RMI.

La Renta Mínima de Inserción se concede a toda persona que se encuentra sin ingresos para satisfacer las necesidades básicas de la vida diaria durante el tiempo que sea necesario y siempre que se cumplan los requisitos establecidos en la Ley 15/2001 de RMI de la Comunidad, como: carecer de ingresos económicos, tener un patrimonio inferior a los 22.533 euros en el caso de una persona sola (la vivienda habitual no se computa), contar con residencia legal en la Comunidad y estar empadronado en algún municipio de la región con una antigüedad de 12 meses.

La Comunidad es una de las pocas administraciones autonómicas que garantiza, a las personas que acreditan cumplir con los requisitos, el carácter indefinido de la percepción de la RMI mientras se encuentren en una situación desfavorecida. La cuantía de la RMI se establece en función del número de miembros de la unidad familiar, abarcando desde 375,55 euros para una sola persona, hasta un tope de 532,51 euros para familias de tres o más miembros. Desde que la Comunidad de Madrid creó este recurso en 2002, han percibido esta prestación más de 44.800 familias.

El nuevo reglamento también quiere proteger a las familias que sufran desprotección por abandono o defunción u otras causas. La titularidad de la prestación podrá traspasarse a la persona que quede como cabeza de familia. Además, estos cambios pretenden facilitar la movilidad de las familias con los servicios sociales, se simplificarán los trámites administrativos y se flexibilizarán los procedimientos con el fin de agilizar la percepción de la renta por parte de los beneficiarios.

 

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